El pasado 10 de noviembre de 2021 entró en vigor la nueva legislación sobre el impuesto de plusvalía municipal. Hasta ahora la recaudación de este tributo generaba ingresos importantes a las arcas municipales. Hay un antes y un después en esta tendencia.
¿EN QUÉ CONSISTE EL IMPUESTO DE PLUSVALÍA?
Se trata de un impuesto que grava el incremento del valor de los terrenos urbanos que un contribuyente haya tenido en propiedad durante un período determinado. Se le conoce además como el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
La relevancia de este tributo está en la propia transmisión del bien inmueble, ya sea en la venta, herencia o donación del inmueble o terreno.
Para poder aplicar la plusvalía, cuya definición se encuentra en el texto de la Ley de Haciendas Locales, el valor del inmueble en cuestión ha tenido que aumentar desde que se adquirió hasta el momento en el que se va a trasmitir.
IMPUESTO DE PLUSVALÍA – MODIFICACIONES
Toda la polémica con este tributo viene derivada de tener que acreditar el incremento del valor del inmueble en cuestión.
De hecho se puso en duda la constitucionalidad de algunas de las disposiciones de la Ley de Haciendas Locales en una sentencia del Tribunal Constitucional de 2017.
Posteriormente hubo otra sentencia del TC que declaró nulo el método para calcular la cuantía de la plusvalía.
Con la nueva legislación hay dos formas de calcular el método de la plusvalía, pudiendo elegir el contribuyente la que mejor le convenga.
Los dos métodos de cálculo del impuesto son los siguientes:
– Multiplicación del valor catastral por unos coeficientes nuevos que reflejan la realidad inmobiliaria, y dichos coeficientes se ajustan acorde a los Presupuestos Generales del Estado.
– Cálculo de la ganancia en términos reales aplicando la diferencia entre el precio de venta y el valor de adquisición del inmueble. En éste caso si no se obtuviese ninguna ganancia, se quedaría exento del pago de este tributo.
Existe la posibilidad de que los ayuntamientos pueden corregir a la baja los valores catastrales del suelo hasta un 15% para la mejor adecuación a la realidad inmobiliaria en tiempo y lugar.
IMPUESTO DE PLUSVALÍA – VENTA DE INMUEBLES
Con los nuevos métodos para calcular la cuantía del tributo, la cantidad puede variar notablemente dependiendo del tiempo entre la adquisición y la transmisión del inmueble o el terreno.
Perjudica especialmente a los propietarios cuyo plazo entre la adquisición y la venta del inmueble sea inferior a un año. Con la nueva legislación se intenta evitar la especulación.
Por otro lado, beneficia a los propietarios que compraron inmuebles en la época del pinchazo de la burbuja inmobiliaria, teniendo que pagar un gravamen inferior, debido a que es un escenario inmobiliario no representativo de la realidad actual.
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